
“… Ante todo ello, el Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales, MANIFESTA
1. Que estas medidas, de llevarse a cabo, pueden significar un atentado a la autonomía local que la Constitución otorga a los municipios, así como a los tratados europeos que establecen los Servicios Sociales como servicios de interés general en la Unión Europea.
2. Que provocarán la vulneración de los derechos de las personas, derechos en su mayoría subjetivos y que emanan de otros marcos legislativos estatales y autonómicos.
3. Que significarán la pérdida de la territorialidad como valor añadido a la tarea de los y las educadoras sociales y, en general de los Servicios Sociales, y no únicamente como delimitación geográfica administrativa o competencial. El Catálogo de referencia de los Servicios Sociales, define el principio de Proximidad: La prestación de los servicios sociales se realizará desde el ámbito más próximo a las personas, favoreciendo la permanencia en su entorno habitual de convivencia y la integración activa en la vida de su comunidad. Se favorecerá la adaptación de los recursos a la comunidad, con la participación de las personas interesadas. …”
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