¿Quién puede colegiarse?
Para incorporarse al CEESCYL, será condición indispensable estar en posesión de la titulación universitaria de Educación Social, en los términos establecidos en las disposiciones vigentes.
Obligatoriedad
El artículo 4 de la Ley 2/2005, de 23 de marzo de creación del Colegio establece que “La previa incorporación al CEESCYL será requisito necesario para el ejercicio de esta profesión en la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de lo establecido en la legislación básica estatal”.
El artículo 5, punto 1 de los Estatutos del CEESCYL recoge que: "1. De acuerdo con lo que dispone el artículo 16.2, párrafo 1 de la Ley 8/1997, de 8 de julio, de Colegios Profesionales de Castilla y León, será necesaria la colegiación en el CEESCYL para el ejercicio de la profesión de Educador o Educadora Social en Castilla y León, excepto en los supuestos del segundo párrafo del artículo 16.2 de la citada Ley”
Incorporación al CEESCYL (Inscripción y Alta)
Documentación que debe aportarse:
- Solicitud de inscripción: pdf Descarga Impreso de Incorporación (Inscripción y alta) al CEESCYL (102 KB)
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
- Fotocopia del Título Universitario Oficial de Diplomado/a en Educación Social, o Graduado/a en Educación Social o de la Certificación supletoria provisional en caso de no tener aún el título de Grado y que deberá incorporar el número de Registro Nacional de Titulados Universitarios Oficiales y será firmado/a por el Rector/o (art. 14 Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales).
- Resguardo del ingreso bancario de la tasa de incorporación*.
- 1 fotografía tamaño carné.
- Impreso de domiciliación bancaria de las cuotas colegiales al CEESCYL, debidamente cumplimentado y firmado. pdf Descarga impreso domiciliación bancaria de la cuota colegial al CEESCYL (84 KB)
- Acreditación de la situación de desempleo (si es el caso). Fotocopia tarjeta de demandante de empleo sellada y actualizada.
- Documento de consentimiento expreso para el tratamiento de datos de colegiados/as del CEESCYL. document Descargar documento (125 KB)
La documentación aportada quedará archivada en el CEESCYL. Se facilitará copia con registro de entrada.
Aclaraciones:
- Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.
- Certificación supletoria provisional. Artículo 14 del RD 1002/2010, de 5 de agosto y Disposición final tercera Real Decreto 22/2015.
- En el caso de ser un título extranjero, tendrá que estar debidamente homologado por el Ministerio competente.
Formas de presentación de la documentación:
- Presencialmente en la sede del CEESCYL: Ubicación.
- Por correo postal. Dirección.
- Por correo electrónico a
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. (en formato pdf, jpg, png). IMPORTANTE: En este caso es necesario que el “Impreso de Incorporación”, el “Impreso de Domiciliación Bancaria” y el “Documento consentimiento expreso para tratamiento de datos” vayan firmados con firma electrónica en base a un certificado digital emitido por una Autoridad Certificadora reconocida, según lo establecido para la acreditación de identidad de forma válida. (RD 203/2021, de 30 de marzo. Firma electrónica). - A través de la VENTANILLA ÚNICA CEESCYL
Una vez revisada toda la documentación, la Presidencia de la Junta de Gobierno del CEESCYL te remitirá una carta de bienvenida, el carné de colegiado/a y otra información complementaria. Es importante comunicar al CEESCYL cualquier modificación de domicilio, correo electrónico, nº de cuenta bancaria o situación laboral.
Tasas Colegiales:
- Tasa de incorporación general: 36 euros.
- Tasa de incorporación recién graduados/as (graduados/as del año anterior (de 2023 y 2024) y sólo durante el primer año de colegiación): 10 euros.
- Tasa de incorporación reingreso en el CEESCYL (aquellos/as colegiados/as en el CEESCYL que se dieron de baja y quieren volver a colegiarse): 0 euros.
Nº de cuenta del Banco Sabadell Atlántico para hacer el ingreso de la tasa de incorporación: ES84 0081 7130 32 0001406348.
Cuotas Colegiales AÑO 2024:
- Cuota general (ocupados/as): 131 euros/año, 65,5 euros/semestre, 43,67 euros/cuatrimestre.
- Cuota reducida (desempleados/as y jubilados/as): 65,5 euros/año, 32,75 euros/semestre, 21,83 euros/cuatrimestre.
- Cuota recién graduados/as (graduados/as del año anterior (de 2023 y 2024) y sólo durante el primer año de colegiación): 65,5 euros/año, 32,75 euros/semestre, 21,83 euros/cuatrimestre.
Las cuotas colegiales se pueden abonar de forma cuatrimestral, semestral o anual. El cobro de las mismas se realiza, en los meses de enero (opción anual), enero y julio (opción semestral), enero, mayo y septiembre (opción cuatrimestral), mediante remesas entre entidades financieras (a través de domiciliación bancaria). Si el alta se cursa en periodos posteriores al cobro de estas cuotas, para el cobro de la cuota colegial se aplicará la parte proporcional al cuatrimestre, semestre o año natural en curso restante.
El importe de las cuotas colegiales se establece en función de la situación laboral del colegiado/a: actividad, desempleo o jubilación. En las dos últimas situaciones, para poder beneficiarse de la reducción de la cuota colegial, es preciso presentar el documento que acredite encontrarse desempleado/a o jubilado/a.
El importe de las cuotas colegiales se actualizará anualmente en base a la aplicación del IPC correspondiente al año anterior, salvo acuerdo previo de congelación de cuotas colegiales por parte de la Junta de Gobierno.
Baja en el CEESCYL
Cuando un/a colegiado/a desee causar baja voluntaria en el Colegio, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
- Aportar solicitud por escrito, dirigida a la Junta de Gobierno, en la que haga constar explícitamente su deseo de causar baja en el Colegio.(Art. 14.1, de los Estatutos).
- Estar al corriente de sus obligaciones económicas.
- No tener ningún encargo profesional pendiente en el Colegio.
La documentación existente en el expediente de la persona colegiada se eliminará al causar baja en el CEESCYL.
Descarga de Documentos: document Solicitud de baja en el CEESCYL (65 KB)
Traslado de expediente
En aquellas Comunidades donde existe Colegio de Educadores/as Sociales se ha suscrito entre los Colegios un Convenio de Colaboración donde se establece el reconocimiento mutuo y la libre circulación entre los/as profesionales de la Educación Social de las distintas Comunidades. Dentro de dicho convenio se recoge el reconocimiento de la colegiación efectuada en otro colegio.
Si estás colegiado/a en otro Colegio y deseas colegiarte en el Colegio Profesional de Educadores y Educadoras Sociales de Castilla y León (CEESCYL), debes solicitar en el Colegio de origen el traslado al CEESCYL, donde te facilitarán los documentos e información necesaria para realizar dicho trámite.
Si estás colegiado/a en el CEESCYL y quieres trasladar tu expediente a otro colegio profesional de educadores/as sociales:
- Impreso de traslado de expediente. (Solicitar al CEESCYL)
- Resguardo del ingreso bancario de abono de la tasa de traslado de expediente* al CEESCYL.
*Tasa de traslado de expediente: 20 euros.
Nº de cuenta del Banco Sabadell Atlántico para hacer el ingreso de la tasa de traslado de expediente: ES84 0081 7130 32 0001406348.
Por trámite administrativo, se enviará al Colegio correspondiente tu expediente. Desde ese Colegio se pondrán en contacto para indicarte los siguientes trámites a realizar.
La documentación existente en el expediente de la persona colegiada se eliminará al trasladar el expediente desde el CEESCYL al Colegio de destino.